Editorial
Certificación y Recertificación de Especialidades Médicas. Estado Actual
Dr. Miguel Ángel Galmés. Presidente del CRAMA- AMA
El Proceso de Certificación de especialidades médicas tiene antecedentes y se desarrolla en el país desde hace años, pero ¿es correcto el sistema que utilizamos? Veamos.
La enseñanza de la medicina depende de la Universidad. Es la primera etapa de la formación, en la cual al cumplimentar la curricula correspondiente, que varía de acuerdo con la casa de estudio, el postulante se hará acreedor de un Título, que luego de las formalidades que marca la Ley en las distintas jurisdicciones, podrá ejercer la profesión que eligió. Los títulos, de acuerdo con la Ley Superior de Educación, tienen validez en todo el país y en el extranjero, por convenios internacionales, y no tienen vencimiento.
Una vez graduado podrá optarse por la especialización. Es otra etapa de formación, con un aprendizaje bajo el sistema de tutelaje, pero en este caso los centros educativos son varios. Unos dependen del Ministerio de Salud de la Nación y otros del Ministerio de Educación de la Nación. Los primeros se realizan en el ámbito mismo del Ministerio, otras a través de Instituciones, que actúan por delegación, como en el caso de las Sociedades Científicas. En las provincias son efectuadas por el Ministerio de Salud Provincial y/o a través de los Colegios Médicos de Ley, también por delegación. La culminación de esta etapa es reconocida mediante un Certificado. Este tiene reglamentación en cuanto a forma y tiempo de validez, siendo necesario Recertificar cada 5 años (artículo 21 de las leyes 17132 y 23873).
La formación de postgrado también se realiza en el ámbito universitario, público o privado, a través de las Carreras de Especialistas o Residencias Universitarias. Otorgan Títulos que acreditan la finalización de la formación. Estos títulos dependen del Ministerio de Educación; no están sujetos a las leyes de los certificados y no tienen plazos de vencimientos.
Estas diferencias plantean demasiadas dificultades. Es claro que la Ley de Salud 17132 y su modificatoria 23873 (reglamentado en enero de 2003) dicen que "para anunciarse como especialista es obligatorio estar certificado, y que este certificado debe revalidarse cada 5 años, en forma voluntaria, pero de no hacerlo perdería su condición de especialista". Para el Ministerio de Salud si se quiere ser especialista debe certificarse y recertificarse cada 5 años, es Ley. Para Educación, si se anuncia como especialista debe tener un Título que lo acredite. Las exigencias de obtención parecen iguales, pero los Títulos no caducan, por lo tanto hay diferencias.
Otro de los puntos de discusión dentro de los planes educativos para ingresar a la Certificación - Titulación, es proponer a la Residencia Médica como única fuente aceptable de formación. Las Sociedades Científicas, no participan económicamente en la financiación de las mismas que son sostenidas por el Estado, la Ciudad de Buenos Aires o los Gobiernos Provinciales o por los sistemas privados o de comunidad. A su vez, el sistema de Residencias presenta un bajo nivel de control, falla de acreditación y evaluación de los mismas. En los pocos casos en la que se realizan depende de entidades privadas, con participación directa de las Sociedades Científicas, salvo excepciones. Sin entrar a profundizar en los resultados de la formación de estos especialistas según el nivel de experiencia de cada una de las residencias subyace el problema del número de egresados, de las múltiples facultades de medicina del país.
Este problema está sin resolver; debe estar relacionado con las necesidades anuales de profesionales que necesita la nación, definiendo además el tipo y número de especialistas que deben formarse con criterio de excelencia. Hasta que esto no se defina y siendo un tema de política nacional, el eje central en la Titulación -Certificación es trabajar en la nivelación de las exigencias curriculares para cada especialidad...........................
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(*) Este blog de bioquímica-clínica no persigue fin de lucro alguno. Está destinado a profesionales bioquímicos y médicos; la información que contiene es de actualización y queda a criterio y responsabilidad de los mencionados profesionales, el uso que le den al mismo.
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